Como contrato de seguros, la aseguradora tiene la responsabilidad de devolver muchas cosas, incluyendo pagos inmediatos de reclamos. Un reclamo negado o un reclamo atrasado no es motivo de desesperarse. Si la aseguradora retrasa o niega su reclamo sin motivo justificado, la aseguradora tiene la responsabilidad de pagarle no solamente un cheque por la cantidad del reclamo, sino también compensación por sus pérdidas o daños que el reclamo atrasado o negado ocasionó.
Por ejemplo, daños por estrés emocional pueden llevar más tiempo de lo esperado en casos de mala fe, incluso si el asegurado no sufrió ningún daño económico importante debido al retraso en el pago de su reclamo.
Además de estos daños compensadores, el asegurado puede recuperar daños penales si hay una fuerte prueba de que la aseguradora haya actuado con mala intención y con conducta dañina, o malicia, fraude y/u opresión. Por ejemplo, evidencia de que la aseguradora ignoró hechos en su archivo que apoyarán el reclamo mientras que enfocándose en los factores que justifiquen negación pueden ser suficiente para obtener daños penales.